LO ÚLTIMO

miércoles, 29 de junio de 2016

El Vaticano concede la indulgencia plenaria a los asistentes a la Coronación Canónica de Nuestra Señora de la Soledad


José Rodríguez. El pasado lunes 20 de junio se recibía el decreto de la Penitenciaría Apostólica del Vaticano por el que se concedía la bendición apostólica de Su Santidad con indulgencia plenaria a los miembros de la Hermandad Sacramental de Santiago Apóstol de Castilleja de la Cuesta, así como a los asistentes a la Solemne Misa Estacional de Coronación Canónica de Nuestra Señora de la Soledad (tanto presentes en la plaza de Santiago como los que siguieron la ceremonia en directo a través de la televisión).

Esta bendición papal con indulgencia plenaria es concedida bajo las condiciones de confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del sumo pontífice. Se da la circunstancia de que el decreto fue firmado en Roma el día 16 de junio, por lo que no pudo ser anunciado oficialmente a los hermanos y devotos hasta el pasado domingo, coincidiendo con la celebración de la Santa Misa. La petición de tal gracia al mencionado dicasterio vaticano fue formulada por el propio arzobispo de Sevilla, Juan José Asenjo Pelegrina. 

TRASCRIPCIÓN DEL DECRETO

LA PENITENCIARÍA APOSTÓLICA, en virtud de las facultades especialísimamente concedidas por el Santísimo Padre en Cristo Nuestro Señor Francisco, benignamente concede al Excelentísimo y Reverendísimo Padre Don Juan José Asenjo Pelegrina, Arzobispo en la Archidiócesis de Sevilla, que el día 18 de junio de 2016, en la Coronación Canónica de Nuestra Señora de la Soledad, al término del divino Sacrificio, imparta a los miembros de la Pontificia, Real, Ilustre y Fervorosa Hermandad Sacramental de Santiago Apóstol, Santa Vera Cruz, y cofradía de nazarenos del Santísimo Cristo de los Remedios en el Santo Sepulcro y Nuestra Señora de la Soledad, y a todos los fieles que, apartado de todo afecto de pecado, participen de dicha celebración sagrada, la BENDICIÓN PAPAL con indulgencia plenaria, bajo las condiciones acostumbradas (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del santo pontífice).

Podrán también lucrar la Indulgencia plenaria aquellos fieles que reciban devotamente la Bendición papal, aunque no estén físicamente presentes en los  sagrados ritos, con tal que sigan piadosamente la transmisión en directo, a través de  la televisión o la radio. 

Sin que obste nada en contra. 

Dado en Roma, en la sede de la Penitenciaría Apostólica, el día 16 de junio, en el año 2016 de nuestro Señor 

Mauro, cardenal Piacenza (penitenciario mayor).








Hoy en GdP