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sábado, 2 de noviembre de 2013

La Junta de Gobierno del Nazareno de Cádiz es condenada por daños al honor de un hermano

Era la primera vez que un asunto cofradiero llegaba a los tribunales civiles. La primera ocasión en que la junta de gobierno de una hermandad, con su hermano mayor al frente, se sentaba en el banquillo de los acusados de un juzgado. Y ha sido la primera sentencia que condena a unos cofrades por asuntos relacionados con la propia hermandad. El juicio celebrado hace escasamente tres semanas en el que un hermano de la cofradía del Nazareno -a su vez presidente de la asociación de comerciantes Acecádiz, Francisco Javier Rodríguez Braza- sentó en el Juzgado de Primera Instancia Número 1 a la junta de gobierno de la cofradía del Nazareno, se ha saldado con una sentencia que condena a dicha junta a indemnizar a Rodríguez Braza con la cantidad de 1.500 euros "por daños morales", sin que las costas del proceso se hayan impuesto a ninguna de las partes. 

El juez que ha llevado este juicio ha fallado que los trece demandados han cometido "una intromisión ilegítima en el honor" del demandante, estableciendo esa pena de 1.500 euros. 

En los fundamentos de la sentencia (a la que ha tenido acceso este periódico), se establece que el contenido del comunicado que la junta de gobierno firmó en su página web a raíz de una Carta al Director publicada días antes del Jueves Santo de 2012 en Diario de Cádiz "contiene una serie de insinuaciones que ponen en duda el proceder del actor, a quien se acusa de actuar movido por intereses económicos". Entiende el juez que la respuesta a esa Carta al Director podría haberse efectuado en otra dirección, "sin necesidad de entrar en descalificaciones personales del actor, ciertamente poco afortunadas" al contener "insinuaciones en claro descrédito del actor". 

También ha considerado el Juzgado de Instrucción que ese comunicado contra Rodríguez Braza ha afectado en la faceta profesional del presidente de Acecádiz, al sembrar cierta duda sobre sus actividades económicas en relación con la cofradía. Pero, al mismo tiempo, entiende que los 10.000 euros de indemnización que pedía el demandante no está justificado en función de la "repercusión mediática" de ese comunicado, por lo que ha reducido esta cuantía hasta los 1.500 euros. 

En la sentencia, no ha atendido el juez la petición de Santiago Posada de ser el único responsable de ese escrito, manteniendo la sentencia contra los trece miembros demandados. E igualmente, tampoco dice nada el fallo del juzgado sobre la rectificación que solicitaba la demanda. 

El abogado de Rodríguez Braza, José Colón, se mostraba "satisfecho" al conocer la sentencia "porque se ha entendido que efectivamente se atentó a la dignidad de mi cliente". Colón quiso insistir en que antes de este juicio se ha intentado en varias ocasiones "solucionar este problema de forma amistosa" para evitar un hecho como el ocurrido en los juzgados en la vista del pasado 8 de octubre. 

La junta de gobierno dispone ahora de la posibilidad de interponer un recurso de apelación que, en su caso, sería resuelto por la Audiencia Provincial.








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