Raquel Medina. El día 29 de noviembre, último sábado de mes, la Hermandad de Nuestra Señora del Rocío de la Palma del Condado, celebrará Solemne Sabatina en honor de su Titular.
El acto, que lo presidirá el Consiliario de la Hermandad, dará comienzo a las 20:00 horas, en la ermita de la Virgen del Valle de la localidad onubense.
Esta Hermandad, la tercera entre las filiales, está referenciada en las Reglas, así como en Documentos, tanto de la Hermandad de Almonte como de otras hermandades primitivas. El libro de actas más antiguo que posee la Hermandad comienza en 1882, diciendo textualmente en su primera hoja:
“Libro donde constaran las actas y acuerdos que Celebren los hermanos de nuestra Sra. del Rocío desde 1882 en adelante”.
A continuación se encuentra el “Reglamento de la Hermandad del Rocío” fechado el 14 de Mayo de 1885, cuyo primer párrafo es como sigue:
“Los que abajo suscribimos, vecinos de esta villa de La Palma mayores de edad ligados mutuamente por la ardiente devoción que todos profesamos a nuestra amantísima Madre la Virgen del Rocío a quien hace trescientos años se le viene dando culto en esta población por nuestros padres y antepasados, que se asociaron en hermandad para tan laudable objeto”.
Esta referencia, hace suponer que la Hermandad de la Palma del Condado data por lo menos del siglo XVI; las relaciones del Arciprestazgo de la Palma con la Villa de Almonte y la Aldea del Rocío eran evidentes, puesto que ambas entraban en la demarcación del Arciprestazgo; por ello no es de extrañar que una devoción que nace con el empuje e intensidad como la del Rocío prenda pronto entre los palmerinos.
El estudio del reglamento de las hermandades rocieras nos hace partícipes de la devoción, a veces ingenua, pero siempre profundamente enraizada de los rocieros, hacia la Blanca Paloma. Se hace constar en el Reglamento de la Hermandad palmerina la obligación de acudir por Pentecostés con el Simpecado y el Estandarte a la Aldea, dejándose constancia de que se ha de acudir con puntualidad, y haciendo referencias a las Reglas de la Hermandad de Almonte de siete de Agosto de 1758, que se puede perder la antigüedad, por lo que es obligación del Hermano Mayor, asistir ocupando el tercer lugar, detrás de la de Pilas:
“procurando tanto en las funciones como en la procesión ocupar el tercer lugar y no otro ni anterior ni posterior llamada en auxilio a la autoridad en caso de que alguien quisiera usurparlo”.