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lunes, 23 de noviembre de 2015

Control absoluto del Valle a sus cuadrillas costaleras


Redacción. Defienden los eruditos que resulta de todo punto imposible regular todos y cada uno de los aspectos que configuran la realidad cotidiana y que pretenderlo constituye una utopía, por definición, de imposible materialización.

No deben pensar de este modo los miembros de la junta de gobierno de la sevillana Archicofradía del Valle que acaba de hacer público un exhaustivo reglamento de obligado cumplimiento que pretende regular las relaciones con sus cuadrillas costaleras hasta límites que a muchos podrán resultarle excesivos y a otros dentro de la lógica.

Sea como fuere la polémica está servida, ¿es preciso establecer una normativa que relacione por escrito, con semejante nivel de detalle qué es lo que pueden o deben hacer los costaleros, los capataces y el resto de miembros de la cuadrilla? ¿Es absolutamente imprescindible regular sobre aspectos como el decoro en el comportamiento o el vestir y reducir a la mínima expresión la discrecionalidad del capataz a la hora de seleccionar a los integrantes de su cuadrilla?

La Hermandad de la Primitiva Archicofradía del Valle ha dictaminado esta serie de normas en la búsqueda de la pretendida seriedad y solemnidad. Léanlas atentamente y juzguen por sí mismos.


Normas de obligado cumplimiento por los capataces y costaleros de las cuadrillas de la Archicofradía del Valle.

1. Norma Primera.

1.1. Tanto los capataces como los costaleros y demás personas integrantes de las cuadrillas, forman parte del cortejo procesional de la Hermandad, y por lo tanto deberán comportarse de manera acorde al sello de la Hermandad.

1.2. Bajo la responsabilidad de los propios Capataces, y su expreso control, todos los integrantes de la cuadrilla de costaleros serán siempre mayores de edad a la fecha de la 1ª convocatoria de iguala, deberán estar capacitados y libremente y bajo su exclusiva responsabilidad decidirán realizar los ensayos y la Estación de Penitencia.

Así mismo y en todo caso deberán desde antes de la primera convocatoria a ensayo haber firmado la documentación necesaria y en especial la relativa al seguro establecido por el C.G.H.C de Sevilla.

Bajo la responsabilidad de los Capataces, ninguna persona participará en los ensayos o en la Estación Penitencia sin haber firmado la documentación oportuna designada por la Hermandad (seguro etc.).

1.3. Los capataces y el Diputado Mayor de Gobierno mantendrán una lista de aspirantes a costaleros que será revisada anualmente.

1.4. Previa comprobación de cualificación e idoneidad, en caso de igualdad física y técnica, a criterio de los Capataces, los hermanos (por orden de antigüedad en la solicitud para entrada en la cuadrilla), tienen preferencia para cubrir las vacantes que queden en la cuadrilla.

1.5. Tras el último ensayo deberá quedar cerrada de manera definitiva (salvo lesión o fuerza mayor en alguno de sus integrantes) la lista de los integrantes de la Cuadrilla, debiendo ser entregada al D.M.G.

Bajo la responsabilidad y compromiso de los Capataces titulares de las Cuadrillas, queda prohibido terminantemente que cualquier persona que no conste en la mencionada lista definitiva visada por el Diputado Mayor de Gobierno, y haya firmado la documentación oportuna (seguro etc.) porte los pasos de nuestros Venerados Titulares.

1.6. Durante los ensayos deberá guardarse un comportamiento respetuoso con todas la personas, evitándose gritos y estridencia y actitudes que puedan molestar a las personas del entorno donde se este desarrollando o preparando los mismos.

2. Norma Segunda.

2.1. Los ensayos los designara el D.M.G. a propuesta del capataz, dicha propuesta deberá contar como mínimo, el número de ensayo que propone, fecha para los mismos, y hora de convocatoria, así como lugar o zona del discurrir del ensayo. Asimismo los capataces propondrán al Diputado Mayor de Gobierno sus equipos de auxiliares.

2.2. En los ensayos deberán estar presente como mínimo el Fiscal de Paso designado por el D.M.G. para la Estación de Penitencia, o en caso de imposibilidad, el mismo D.M.G. o persona de la Junta que el mismo establezca.

2.3. Designada la hora de convocatoria del ensayo, en dicho momento deberán iniciarse los trámites para su realización, debiendo haberse iniciado el mismo, con el discurrir por la calle de la parihuela, (salvo causa de fuerza mayor a criterio del D.M.G. o en su defecto la persona antes citada), antes del transcurso de dos hora desde la convocatoria. Caso contrario el D.M.G., o el Fiscal del Paso podrá suspender el ensayo.

2.4. El día y hora que se designe por el prioste y que será comunicado por el D.M.G a los capataces, deberán realizarse:

– Las correspondientes mudas de los pasos del almacén a la Iglesia, y tras la Semana Santa de la Iglesia la desarmá  al almacén.
– El retranqueo de los pasos una vez montados, que se hará bajo la supervisión y órdenes de los Priostes.

2.5. El Jueves Santo por la tarde en hora que designe el D.M.G., se realizará el retranqueo para la ubicación de los pasos para la Salida de la Hermandad, en dicha hora deberán estar presentes y solo ellos, el Capataz y su equipo previamente designado, y los integrantes de la lista de costaleros previamente visada.

3. Norma Tercera.

3.1. El Jueves Santo, deberán guardar la misma solemnidad y decoro que el resto de los integrantes de la Procesión, tanto cuando portan a nuestros Sagrados Titulares como en aquellos momentos que no estén realizando labores inherentes a su condición de costalero, ya que por su especial labor no podrán guardar el anonimato que aporta la túnica de nazareno.

Todos los integrantes de la cuadrilla deberán sacar y obtener la correspondiente papeleta de sitio, siendo imprescindible que las porten el Jueves Santo para entrar en el templo.

3.2. La indumentaria el Jueves Santo serán las determinadas en el reglamento interno de la misma.

En este sentido cada capataz cuidará bajo su responsabilidad de que todos los integrantes de la cuadrilla de costaleros observen en el ejercicio de sus funciones el mayor decoro posible en el vestir, quedando prohibida la utilización de signos externos que supongan una nota discordante en la tradicional indumentaria que les es propia.

El costalero de nuestra Hermandad deberá vestir con pantalón, calcetines y calzado de color negro y camiseta blanca de manga corta.

3.3. Tanto Capataces como los integrantes de las Cuadrillas, observarán y cumplirán las indicaciones que pudieran realizarles los responsables de la Cofradía, Diputado Mayor de Gobierno, Mayordomo, y Fiscal del paso. Y en especial los relativos a comportamiento y a los hitos parciales de horario que se hayan fijado por el D.M.G., y que estarán en poder del Fiscal del Paso.

Comunicarán a los respectivos Fiscales de los Pasos, cualquier incidencia que ocurra en la cuadrilla, el Jueves Santo, y que pueda afectar al discurrir del mismo, y en especial a los horarios que debe cumplir la hermandad.

3.4. No se podrán hacer dedicatorias públicas durante el discurrir de los pasos, salvo, la dedicatoria de la 1ª levanta del paso en el interior de la Iglesia, y la última antes de proceder a la entrada de cada paso en el interior del Templo, a su vuelta. Dicha dos dedicatorias deberán ser conocidas por el Fiscal del Paso y deberán hacerse de manera discreta y siempre siguiendo el sello y la solemnidad que marca nuestra cofradía.

Si por cualquier causa sobrevenida, el capataz o la cuadrilla desearan en algún momento hacer una excepción a dicha norma deberán contar antes con el visto bueno y expresa autorización del D.M.G., o en su caso del Fiscal del Paso.

3.5. Durante el discurrir de la estación los capataces e integrantes evitaran gritos y estridencias, salvo las que técnicamente sean necesarias para el mando y conducción del paso.

3.6. Ningún miembro ajeno al Capataz y su equipo de auxiliares, podrá mandar, ni actuar en mando sobre el discurrir del paso. En especial y salvo autorización expresa del D.M.G., o del Hermano Mayor a nadie ajeno a los mismos, se le permitirá llamar o tocar el llamador con ánimo de hacer levanta del mismo.

3.7. En el frontal de cada paso al mando del mismo estará, salvo fuerza mayor, el capataz titular, pudiendo estar acompañado por un máximo de dos auxiliares. En la trasera de cada paso, realizando sus labores propias dos contraguías y el aguador. Los restantes auxiliares se podrán colocar en las inmediaciones del paso a suficiente distancia y discreción.

3.8. Los Capataces designaran dentro de su equipo a un auxiliar que se encargue de coordinar con el Fiscal del Paso los diferentes relevos, así como de gestionarlos y asegurarse su correcta realización. Los lugares para dicho relevos serán específicamente designados por el D.M.G. previa coordinación con el Capataz, y siempre dentro de las normas que imponga el C.G.H.C. de Sevilla.

Si por causa de fuerza mayor sobrevenida grave, fuera necesario realizar relevos fuera de los establecidos por el D.M.G, se comunicará al Fiscal del Paso, que dispondrá lo necesario para su realización en la forma y momento que altere lo mínimo posible el discurrir de la cofradía.

3.9. Los relevos se llevaran a cabo de la manera más rápida y discreta posible, exigiéndose que se hagan por los laterales o la trasera de cada paso, nunca por el frontal del mismo.

Una vez efectuado el relevo el integrante de la cuadrilla que haya sido relevado, deberá abandonar inmediatamente todas las inmediaciones del paso, dirigiéndose al lugar donde deba volver a entrar en el mismo, por calles adyacentes. En caso de que por imposibilidad, debiera hacerlo por las calles donde está el cortejo procesional lo hará por el exterior de las filas, sin detenerse, sin molestar, interrumpir, o entorpecer a los Nazarenos: Deberán respetar y seguir las indicaciones de los celadores de tramo, y demás nazarenos y personal encargado de la organización y discurrir de la Cofradía.

Si el costalero relevado no tuviera que volver a integrar la cuadrilla más, podrá dirigirse al templo, sólo, sin acompañamiento, donde permanecerá hasta que termine la entrada, en todo caso y una vez en el interior se mantendrá la seriedad, respeto y decoro concordante con la archicofradía y su recogimiento.

Los hermanos que sean costaleros y se encuentren en la situación anterior, se dirigirán inmediatamente a la Iglesia, donde esperaran la entrada de la Hermandad, a fin de terminar la Estación de Penitencia, y cumplir con el Culto que esta celebrándose.

Todos los costaleros deberán abstenerse de permanecer observando el discurrir de la cofradía y de permanecer en las inmediaciones de los pasos una vez fuera de los mismos.

4. Norma Cuarta.

La Junta de Gobierno podrá, establecer y aprobar normas que superen las presentes. En caso de hacerse las mismas serán comunicadas a los Capataces de la cofradía para que den pública comunicación de las mismas al resto de auxiliares y a la cuadrilla.










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