Redacción. El pasado 8 de diciembre entró en vigor la reforma de los procesos de nulidad matrimonial que el Papa Francisco estableció a través de la carta apostólica motu proprio ‘Mitis Iudex Dominus Iesus’. Una de las novedades que introducía la reforma papal era la institución de un proceso más breve ante el Obispo, para una serie de supuestos en los que la nulidad se hace patente sin necesidad de los trámites del procedimiento ordinario. El Arzobispo, mons. Juan José Asenjo, ha firmado este martes, solemnidad de San Isidoro de Sevilla, la primera sentencia de nulidad matrimonial en virtud del nuevo procedimiento breve establecido por el Papa.
Nada más conocerse el texto de la referida carta apostólica, el Arzobispo manifestó a Iglesia en Sevilla su esperanza y también su seguridad de que las determinaciones adoptadas por el Santo Padre en el motu proprio aligeren de forma significativa la lista de espera de nuestros Tribunales, cuyo retraso tanto sufrimiento causa a las partes en los procesos y tanta desazón originan a los responsables de impartir justicia, especialmente los obispos y los ministros y personal de los citados Tribunales.
Con la firma de esta primera sentencia dicha esperanza comienza a ser una realidad cumplida para salud de las almas -ad salutem animarum- suprema ley en el Derecho Canónico.
Fuente Archisevilla